Guía de Salud (RIPS) · Parte 4 de 10
Qué exige la normativa vigente sobre los RIPS
Lo que ordena la Resolución 948 de 2026 y quién vigila su cumplimiento.
En este artículo 8 secciones
Para quien factura servicios de salud, conocer el marco normativo de los RIPS no es un asunto de abogados: es lo que define qué se reporta, cómo se valida y en qué plazos se cobra. Hoy ese marco está concentrado en una sola norma, la Resolución 948 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social.
La norma vigente: Resolución 948 de 2026#
La Resolución 948, expedida el 14 de mayo de 2026, reglamenta el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud como soporte de la Factura Electrónica de Venta en salud. Se apoya en el artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y en el artículo 15 de la Ley 1966 de 2019, que estableció que los prestadores de salud deben generar factura electrónica por el cobro de sus servicios y tecnologías.
Con ella, el Ministerio derogó las Resoluciones 2275 de 2023, 558 de 2024 y 1884 de 2024 y unificó el marco en un solo texto. Si necesitas ver con detalle qué cambió y desde cuándo, lo resumimos en el artículo sobre la Resolución 948 de 2026.
Qué ordena la norma#
Entre las obligaciones centrales están las siguientes:
- Reportar el RIPS de todas las atenciones como soporte de la factura electrónica de venta en salud, con validación previa de la DIAN.
- Generar el RIPS junto con la factura y con las notas débito, notas crédito y demás documentos electrónicos que apliquen.
- Pasar la validación única del Ministerio de Salud para obtener el Código Único de Validación (CUV), requisito para radicar la factura.
- Radicar dentro de 22 días hábiles contados desde la expedición de la factura con validación previa de la DIAN.
- Actualizar el RIPS cuando se emitan notas crédito o débito y cuando se responda una glosa.
- Garantizar la seguridad y la protección de los datos personales de salud, con las técnicas necesarias para evitar suplantación, alteración, extracción o acceso no autorizado.
Los documentos técnicos#
La resolución adopta dos documentos técnicos que el Ministerio publica en el micrositio de facturación electrónica de SISPRO: el Documento Técnico 1, con las especificaciones de los campos de datos y las reglas de validación del RIPS, y el Documento Técnico 2, con los campos de datos del sector salud adicionales a la factura electrónica.
Estos documentos pueden actualizarse sin cambiar la resolución. Cada actualización se publica con versión, fecha, control de cambios y fecha de entrada en aplicación, por lo que conviene consultarlos periódicamente y no trabajar con una copia guardada hace meses.
Qué no pueden hacer los pagadores#
La norma protege la operación de quien factura. Las entidades responsables de pago no pueden usar ni agregar reglas de validación propias, ni establecer mecanismos alternos de validación como condición para radicar facturas. Tampoco pueden pedir reportes consolidados que se puedan obtener a partir de los datos del RIPS. Eso no excluye la auditoría sobre los demás soportes que se adjunten.
Quién vigila el cumplimiento#
La Superintendencia Nacional de Salud ejerce la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de la resolución, sin perjuicio de las funciones de otras autoridades competentes. El Ministerio, por su parte, dispone una mesa de ayuda para atender a los usuarios del mecanismo de validación.
Qué cambia con el tiempo#
La resolución prevé que las reglas de notificación se conviertan gradualmente en reglas de rechazo, para mejorar la calidad de la información de forma progresiva. En otras palabras: un aviso que hoy no bloquea tu factura puede convertirse mañana en un rechazo. La mejor defensa es validar localmente con las reglas más recientes.
Conclusión#
La normativa de los RIPS se resume en una idea: el RIPS valida a la factura. Quien lo reporta completo, consistente y a tiempo cobra; quien no, repite el proceso. Conocer la Resolución 948 de 2026 y sus documentos técnicos es el punto de partida para que esa validación deje de ser una sorpresa.
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Preguntas frecuentes#
¿Cuál es la norma vigente de los RIPS?
La Resolución 948 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, que reglamenta el RIPS como soporte de la factura electrónica de venta en salud.
¿La Resolución 2275 de 2023 sigue vigente?
No. La Resolución 948 de 2026 la derogó, junto con las Resoluciones 558 y 1884 de 2024.
¿Quién vigila el cumplimiento de los RIPS?
La Superintendencia Nacional de Salud ejerce la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de la resolución.
¿Dónde consulto las reglas de validación actualizadas?
En el micrositio de facturación electrónica de SISPRO, donde el Ministerio de Salud publica los documentos técnicos con su versión y fecha de entrada en aplicación.
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